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El Gobierno firma el acuerdo para facilitar la ampliación gratuita de las hipotecas
Escrito por Global Verkana Services   
Miércoles 30 de Abril 2008
EUROPA PRESS

MADRID.- Los ministerios de Economía y Hacienda y Justicia han firmado un acuerdo, de dos años de vigencia, con representantes del sistema financiero, notarios y registradores para facilitar la ampliación de los plazos hipotecarios sin coste alguno.

Esta medida se encuadra dentro del plan de estímulo económico con que el Gobierno pretende "impulsar la economía y proteger a las familias más vulnerables en el actual escenario de desaceleración económica", según ha precisado Pedro Solbes, vicepresidente económico del Gobierno, en el acto de firma del acuerdo.

Los encargados de rubricar el acuerdo en la sede del Ministerio de Economía y Hacienda han sido, por parte del Gobierno, Solbes y el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo. Por otro lado, el presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), Miguel Martín, el presidente de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), Gregorio Mayayo, el director general adjunto de la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA), José Antonio Olavarrieta, el decano-presidente del Colegio de Registradores de la Propiedad, Eugenio Rodríguez, y el presidente del Consejo General del Notariado de España, José Marqueño de Llano.

Entre los firmantes también cabe citar al presidente de la Unión Nacional de Cooperativas de Crédito, Carlos Martínez, y al presidente de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, Pedro Guijarrro.

Las entidades de crédito se comprometen a no cobrar comisiones


El acuerdo permitirá la ampliación del plazo de amortización de las hipotecas sin coste alguno "cuando exista acuerdo entre la entidad de crédito y el cliente", explica Solbes. De esta forma, las entidades de crédito se comprometerán a que no se cobren comisiones en estas operaciones y los notarios y registradores a que no repercutan los aranceles notariales y registrales.

Además, la Administración General del Estado (AGE) no aplicará el gravamen del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) para las escrituras públicas que se refieran a este tipo de operaciones y el Ministerio de Justicia podrá aprobar las normas jurídicas necesarias para asegurar la "adecuada cobertura" del acuerdo.

Medida condicionada

Quién quiera beneficiarse de esta medida tiene hasta el 22 de abril de 2010 para pedir la ampliación


Sin embargo, el acuerdo firmado no da vía a libre a todos los ciudadanos para alargar sus créditos sin coste. En primer lugar, cualquier persona que quiera beneficiarse de esta medida tendrá hasta el 22 de abril de 2010 para pedir la ampliación del plazo de amortización del préstamo.

El acuerdo será de aplicación sobre la base de un acuerdo previo entre el prestamista y el prestatario y siempre que éste sea una persona física y el préstamo hipotecario se destine a la adquisición, construcción o rehabilitación de una vivienda habitual.

Además, si con la ampliación del plazo se acordasen otras modificaciones del crédito, como la alteración del tipo de interés o la ampliación de capital, el prestatario no podrá beneficiarse de la gratuidad de los costes.

Fuente: El Mundo

 

Ampliar el plazo de amortización de su hipoteca
Escrito por Global Verkana Services   
Miércoles 30 de Abril 2008
EUROPA PRESS

MADRID.- Los españoles que amplíen el plazo de amortización de su hipoteca sin coste alguno podrán ahorrarse hasta 1.000 euros, según cálculos del Gobierno. Sin embargo, a la larga harán frente a un sobrecoste que pueden alcanzar el 57% del valor inicial del crédito contratado debido a un mayor pago de intereses.

Concretamente, en el caso de una hipoteca destinada a financiar la compra de una vivienda habitual de 149.000 euros, en un plazo de 26 años y un tipo de interés variable del 5,3% (según el Euribor de abril), el coste de la cuota mensual ascendería a 880,79 euros. Sin embargo, la ampliación del plazo a 40 años rebajaría esta carga a 748,33 euros mensuales, unos 130 euros menos.

Si a la hora de realizar esta ampliación, el usuario llegase a un acuerdo con su entidad de crédito podría ver su situación económica desahogada al ahorrarse hasta 1.000 euros en 'cláusulas' y al disponer de 130 euros más todos los meses. Sin embargo, una vez amortizado el crédito habrá pasado de pagar 274.806 euros a 359.198 euros, es decir, habrá soportado un sobrecoste de hasta 84.392 euros, un 56,6% del valor de la hipoteca contratada (149.000 euros).

Acuerdo alcanzado entre Economía, Justicia, bancos, cajas, registradores de la propiedad y notarios


Por este motivo, el acuerdo alcanzado entre los Ministerios de Economía y Hacienda y Justicia, con representantes de bancos y cajas, así como de los registradores de la propiedad y los notarios, incluye también la distribución de una Guía Informativa (PDF, 40 KB) en la que se advierte a los ciudadanos de las implicaciones de la ampliación de los plazos hipotecarios.

Así, señala, por ejemplo, que si los plazos del préstamo hipotecario a ampliar son ya largos la disminución de la cuota "puede ser reducida" y se estará pagando el préstamo durante más años, "intereses incluidos". Por ello, la guía aconseja al usuario que "reflexione" y se deje asesorar por su entidad de crédito antes de tomar cualquier decisión.

Fuente: El Mundo

Los conductores sin carnet o sin puntos podrán ir a la cárcel
Escrito por Global Verkana Services   
Miércoles 30 de Abril 2008

MADRID.- Hoy es el último día de la moratoria concedida por el Gobierno. A partir del jueves, todas las personas que conduzcan un vehículo sin haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducir estarán cometiendo un delito contra la seguridad del tráfico y podrán ir a la cárcel.

Coincidiendo con el inicio del Puente del 1º de mayo, entra en vigor el artículo 384 del nuevo Código Penal en materia de seguridad vial. Dicho artículo castiga a los conductores sin carnet con una pena de prisión de tres a seis meses o una multa de 12 a 24 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Estas mismas penas serán aplicadas a aquellas personas que sigan conduciendo tras haber sido privadas cautelar o definitivamente del carnet por decisión judicial o a las que hayan perdido los 12 puntos del permiso de conducir.

Aunque la reforma del Código Penal entró en vigor el pasado 2 de diciembre de 2007, se introdujo una modificación en el Senado por la que se concedía una moratoria hasta el 1 de mayo de 2008 para los conductores sin carnet.

Según la Dirección General de Tráfico (DGT), más de 25.000 conductores fueron sancionados durante 2007 por conducir sin disponer de ningún permiso. Se calcula que unas 30.000 personas conducen en España sin carnet.

Para estos conductores que fueron denunciados durante 2007, la DGT puso en marcha en el mes de marzo una campaña informativa, mediante el envío de cartas, con el objetivo de advertirles de la inminente entrada en vigor de la reciente modificación del Código Penal.

Con esta campaña se pretendía informar con antelación a los infractores para que pudieran realizar los trámites necesarios para obtener el correspondiente permiso, desde el convencimiento de que en la mayoría de los casos son personas que conducen en situación irregular de forma habitual.

La DGT advierte a los conductores sin carnet de que esta situación, en caso de verse involucrados en un accidente, repercute negativamente en el resto de usuarios porque la compañía aseguradora podría no hacerse cargo de los daños ocasionados, aunque el vehículo sí tenga póliza de seguro concertada.

Los artículos 379 y siguientes del Código Penal establecen penas de cárcel para los siguientes delitos: exceder en 60 km/h el límite de velocidad permitida en zonas urbanas y en 80 km/h en carretera, superar los 0,60 miligramos de alcohol por litro de aire y los 1,2 gramos por litro de sangre, la negativa a someterse a un control de alcoholemia y conducir sin carnet.

Fuente: El Mundo

 

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